PROCESO A SEGUIR EN EL ALQUILER CON OPCION DE COMPRA

Dada la actual coyuntura de mercado marcada por la falta de liquidez de los bancos y la especulación en la  bajada de los precios de los inmuebles, surge una nueva figura jurídica que abre un camino a las transacciones inmobiliarias ante tal situación de incertidumbre: El contrato de alquiler con opción de compra (descargar documento).

Contrato de alquiler con opción de compra:
Consiste en que ambas partes  (arrendador y arrendatario) estipulan una cuota mensual (equivalente a un alquiler), y un precio de venta final, pactando un plazo en el que el arrendatario, tal como establece el propio nombre del contrato, tiene derecho a optar a comprar el inmueble dentro de dicho plazo de tiempo y por el precio predeterminado.

Si llegado el plazo, el arrendatario no ejercita el derecho de opción de compra,salvo pacto contrario entre las partes, el arrendatario puede continuar arrendando el inmueble hasta el plazo maximo de 5 años estipulado por ley.

Este tipo de contrato es basicamente beneficioso para el arrendatario:
- Le permite vivir un tiempo de prueba sin perder el dinero en el caso de que llegado el termino ejercite la opción de compra.
De esta manera el arrendatario ve si le satisface vivir en esta casa y se adapta a la nueva zona.
- Por otro lado, el arrendatario o futuro comprador,no tendra prisa en malvender su casa o piso (si la tuviere), dispone del año o años que acuerden las partes para buscar al mejor comprador, con las condiciones que le sean más beneficiosas. Sin prisas se vende mejor.
- Asímismo, se da tiempo para ver como va evolucionado el mercado. Incluso, ambas partes pueden llegar al acuerdo de realizar una nueva tasación bancaria del inmueble en el momento que decida el comprador ejercitar su derecho, con la consiguiente certeza de que ha comprado a precio real de mercado en su momento.
- El arrendatario en el caso de llegar a la compraventa, no ha perdido todo el dinero entregado mes a mes en concepto de alquiler, sino que éste es a cuenta del precio final estipulado.

Este tipo de contrato no siempre es el más ventajoso para el arrendador que de no ejercitarse la opción de compra puede verse obligado a tener su inmueble arrendado durante un plazo de 5 años. No obstante, algunos vendedores preferirán este sistema para sacar un rendimiento a su propiedad.
 
 
 
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